Dignos como persona
Desde el 30 de abril de 1987 está vigente la quinta Constitución de Córdoba que en su preámbulo declaró como su primera finalidad: “de exaltar la dignidad de la persona y garantizar el pleno ejercicio de sus derechos.”
Pero, ¿qué significa dignidad?
Es fácil la respuesta por la negativa: lo contrario de indigno, pero si lo intentamos por la afirmativa la explicación es más ambigua, como la del Diccionario de la Academia cuando la define como: “Excelencia, realce” o “Gravedad y decoro de las personas en la manera de comportarse”
La dignidad de la persona humana surge de su naturaleza espiritual y material, de su conciencia racional y libre, de su destino trascendente, y es lo que hace al hombre diferente y lo pone por encima de los demás seres de la creación, y para que estos le sirvan para alcanzar su destino temporal y sobrenatural. La dignidad merece respeto y permite a las personas sentirse pleno y satisfecho.
En la Constitución –que emplea 30 veces la palabra persona- veremos que la dignidad se muestra cuando afirma que “la vida desde su concepción, la dignidad y la integridad física y moral de la persona son inviolables. Su respeto y protección es deber de la comunidad y, en especial, de los poderes públicos” (Art.4). Cuando declara: “inviolables (…) la libertad religiosa en toda su amplitud, y la libertad de conciencia.” (Art.5); que las “(…) personas (…) son libres e iguales ante la ley y no admiten discriminaciones” (Art. 7); que esta garantizada “la plena participación política, económica, social y cultural de todas las personas y comunidades” (Art. 9); como la “libre iniciativa privada y actividad económica lícita, y las armoniza con los derechos de las personas y de la comunidad” (Art.10) y que “Toda persona tiene derecho a gozar de un medio ambiente sano” (Art. 66).
Hay un capítulo dedicado a los “Derechos personales” y cuando enumerar los derechos sociales expresa: “Todas las personas en la provincia tienen derecho (…)” (Art. 23), y los mismos se reconocen en su condición de padre (Art. 62 Inc. 5), hijo (art.34 y 62 Inc.5), mujer (Art. 24), niño (Art. 25), joven (Art. 26), anciano (Art.28), discapacitado (Art.27), preso (Art. 44), consumidor (Art.29), litigante, ciudadano, funcionario, magistrado o empleado público. Está garantizada la intimidad personal, familiar, de su morada y en las comunicaciones (Arts. 50, 45 y 46).
En el capítulo de las “Asociaciones y Sociedades intermedias”, que las personas integran a partir de la familia y como miembros de la sociedad política, se exalta la dimensión social del hombre. Al referirse a las “Políticas Especiales del Estado”, declara “la economía al servicio del hombre” (Art. 67), las refiere a su bienestar (Art. 56), a su salud (Art. 59), a su participación en los adelantos tecnológicos (Art. 64), y al gozo del medio ambiente (Art. 66). Declara que: “La finalidad de la educación es la formación integral, armoniosa y permanente de la persona, con la participación reflexiva y crítica del educando, que le permita elaborar su escala de valores, tendiente a cumplir con su realización personal, su destino trascendente, su inserción en la vida sociocultural y en el mundo laboral” (Art. 61).
Los cambios que ocurren en las sociedades trastocan la vida de las personas y ponen en crisis su escala de valores. Las constituciones -producto de estos cambios y que se dictan, generalmente, en épocas de crisis- sirven para organizar la sociedad, dar sentido al orden normativo y para declarar principios y exaltan valores que orienten el destino de las sociedades y de quienes la componen. Cuando los cambios y las crisis oscurecen el rumbo de sus existencias, es bueno consultar a esta suerte de brújula, que es la Constitución, para saber a donde estamos parados.
Volver a estos criterios implica adoptar una óptica que:
* Si nos referimos a la política en vez de analizarla privilegiando los intereses de partidos, de hegemonías, o de políticos, como ocurre muchas veces, lo hagamos a partir del ciudadano;
* Si debatimos sobre educación, pensemos primero en el educando y no a lo que es útil para la producción o los “modelos”;
* Si nos referimos a la salud preservemos la vida de la persona desde la concepción y hasta su muerte natural;
* Si de la economía se trata, pongámosla al servicio del hombre y no de la producción capitalista o de falsos nacionalismos;
* Si hablamos de inseguridad, enfoquemos el análisis desde la persona que la padece y de quién delinque, preguntándonos por qué lo hace y como puede ser corregido e integrado a la sociedad;
* Si nos referimos al ambiente, preservémoslo para nosotros y para nuestra posteridad, y no para servir a mezquinos intereses;
* Si el problema es la droga u otras adicciones, comencemos por los que la consumen o la han adquirido, indagando el por qué lo hacen, y como se puede recuperar a los adictos, para combatir, luego, al infame negocio que lucra con ellos.
Jacques Maritain decía que el humanismo “tiende esencialmente a hacer al hombre más verdaderamente humano y a manifestar su grandeza original haciéndolo participar en todo cuanto puede enriquecerle en la naturaleza y en la historia” y, agregaba, “requiere a un tiempo que el hombre desarrolle las virtualidades en él contenidas, sus fuerzas creadoras y la vida de la razón, y trabaje para convertir las fuerzas del mundo físico en instrumentos de su libertad.”
La Constitución nos recuerda, a un cuarto de siglo de su vigencia, que somos dignos.
Córdoba, Abril de 2012.